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¿Qué es el Seguro de Enfermedades Graves?

El seguro de enfermedades graves es el producto ideal para cubrir este tipo de dolencias y enfermedades que se caracterizan por su alto costo en sus tratamientos.

  • Accidente Vascular Cerebral.
  • Angioplastia por balón, Injerto Aórtico y Cirugía de válvulas cardíacas.
  • Infarto al Miocardio.
  • Revascularización coronaria (by-pass).
  • Trasplante de Órganos Mayores (corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas).

¿Te interesa este seguro?

Obtén protección frente a un diagnóstico de Enfermedad Grave o por una Intervención Quirúrgica.

Contrátalo online

Ventajas del Seguro Enfermedades Graves

Entrega un monto de hasta UF 1.000 al asegurado, en caso de diagnóstico comprobado de alguna Enfermedad Grave o sea sometido a una Intervención Quirúrgica, aceptado por la Compañía.


Realiza atenciones médicas desde cualquier lugar con el servicio de Telemedicina.

Ver detalle

Es de fácil contratación, 100% online.


No requiere exámenes médicos

¿Cuáles son nuestros planes y tarifas?

Elige la protección más adecuada para ti

18 a 40 años
$16.490

UF 0,43 mensual

41 a 50 años
$20.490

UF 0,53 mensual

65 a 70 años
$30.990

UF 0,82 mensual

La prima del seguro se determina en UF con IVA incluido. Se calcula según edad actuarial (cumpleaños más cercano, pasado o futuro) al momento de la contratación. Los valores en $ son referenciales, utilizando UF del 18 de marzo de 2024.. Tarifa varía de acuerdo a la edad del asegurado al momento de la contratación o evaluación.
Durante los primeros 3 meses de vigencia el Capital Asegurado corresponde a UF 20 y a partir del cuarto mes de vigencia de la póliza el Capital Asegurado será de UF 1.000. Los primeros 3 meses de vigencia la Compañía cobrará el 60% de la Prima Bruta Mensual.

Ayuda

¿Cómo usar este seguro?

Debes presentar un diagnóstico comprobado de una de las Enfermedades Graves o los documentos necesarios que den cuenta de una de las Intervenciones Quirúrgicas cubiertas por la póliza y completar formulario de denuncio de siniestro.

Si cumples las condiciones del seguro notificaremos el estado del denuncio, los tiempos de resolución e informaremos si requeriremos más información.

Una vez revisados todos los antecedentes informaremos sobre la cobertura del siniestro.

Si el siniestro es aprobado, se realizará el pago de la indemnización.

Coberturas

Información sobre tu seguro

Coberturas de tu Seguro Enfermedades Graves

La Compañía pagará al Asegurado, por única vez, la indemnización establecida en las Condiciones Particulares si durante la vigencia de la Póliza y por causa no excluida, se le diagnostica por primera vez alguna de las Enfermedades Graves o es sometido a una Intervención Quirúrgica. Se entenderá por Enfermedad Grave o Intervención Quirúrgica las siguientes:

  • Accidente Vascular Cerebral.
  • Angioplastia por balón, Injerto Aórtico y Cirugía de válvulas cardíacas.
  • Infarto al Miocardio.
  • Revascularización coronaria (by-pass).
  • Trasplante de Órganos Mayores (corazón, pulmón, hígado, riñón, médula ósea o páncreas).

El riesgo es cubierto por Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. según las condiciones generales incorporadas al Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL320210034. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas, sus límites y las exclusiones correspondientes se encuentran en las Condiciones Generales de la póliza antes mencionada.


POL320210034

Descargar

Según lo establecido en el artículo 4 de EXCLUSIONES en el POL320210034 la cobertura otorgada en virtud de esta Póliza no será exigible a la Compañía en los siguientes casos:

  • Enfermedades o dolencias preexistentes, sus consecuencias y complicaciones, entendiéndose por tales aquéllas diagnosticadas o conocidas por el Asegurado o Contratante antes de la contratación del seguro.
  • Enfermedades, padecimientos o malformaciones congénitas.
  • Trasplantes que sean procedimientos de investigación.
  • Cirugías o Enfermedades derivadas de adicciones o abusos de sustancias tales como alcohol, drogas, tabaco y sus consecuencias.
  • Cirugía plástica o tratamientos estéticos con fines de embellecimiento u otras prestaciones con el mismo fin.
  • Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida - SIDA - o que el Asegurado sea portador del V.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia Humano) y por enfermedades asociadas, incapacidades, desórdenes, lesiones, operaciones y tratamientos relacionados con la condición de portador del V.I.H. o el SIDA que padezca el Asegurado.
  • Enfermedades o Intervenciones Quirúrgicas causadas por:
    1. Guerra civil o internacional, sea que ésta haya sido declarada o no, invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros;
    2. Participación activa del Asegurado en rebelión, revolución, insurrección, sublevación, sedición, conspiración o motín, poder militar, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro y fuera del país;
    3. Participación activa del Asegurado en acto terrorista. Entendiéndose por acto terrorista toda conducta calificada como tal por la ley, así como el uso de fuerza o violencia o la amenaza de ésta, por parte de cualquier persona o grupo, motivado por causas políticas, religiosas, ideológicas o similares, con la intención de ejercer influencia sobre cualquier gobierno, atemorizar a la población o a cualquier segmento de ésta;
    4. Manejar bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad o encontrarse el Asegurado bajo los efectos del alcohol, drogas o alucinógenos, de acuerdo a la legislación vigente;
    5. Participación del Asegurado en actos calificados por ley como delitos;
    6. Negligencia, imprudencia o culpa grave en que incurra el Asegurado;
    7. Hechos deliberados que cometa el Asegurado, tales como los intentos de suicidio, lesiones auto inferidas y abortos provocados;
    8. Fusión o fisión nuclear y sus consecuencias.
  • Intervenciones Quirúrgicas o Enfermedades derivadas de adicciones o abusos de sustancias tales como alcohol, drogas, tabaco y sus consecuencias.
  • Edad de contratación desde 18 años cumplidos hasta máximo 65 años actuariales.
  • Que no cuenten con este seguro vigente en la Compañía.
  • Declaración de salud aprobada y aceptada por la compañía.
  • Ser titular del medio de pago requerido para este seguro vía descuento en tarjeta de Crédito.
  • Este seguro es de vigencia anual, renovable hasta los 70 años.

La Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las Compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web www.aach.cl. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de la Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. o a través de la página web www.ddachile.cl.

¿Tienes dudas?

Te orientamos para que tomes la mejor decisión.

Hay que tener una cosa muy clara: Las personas no planean enfermar o padecer una enfermedad grave o catastrófica, pero ciertamente se puede estar preparado desde el aspecto financiero. Una de las formas de prepararse financieramente contra riesgos de salud inciertos es adquirir un seguro de enfermedades graves.

Un seguro de enfermedades graves es sumamente importante, ya que es un mecanismo de protección y apoyo financiero que te ayuda a solventar grandes gastos médicos cuando padeces de una enfermedad grave. Por ello, si quieres protegerte a ti y tu familia, contando con una indemnización que ayude a costear los gastos de una enfermedad grave, considera contratar nuestro seguro de enfermedades graves.

Muchos nos hemos preguntado esto a la hora de empezar a pensar cómo mejorar y proteger nuestra salud. Y la respuesta usualmente no es sencilla, en Consorcio sabemos que la respuesta es “depende”.

¿De qué depende contratar un seguro de salud? Existe una serie de variables que debes considerar para encontrar el seguro de salud más apropiado para ti:

  • Tus necesidades particulares: Es esencial tener claras cuáles son tus necesidades y los riesgos a los que puedes estar expuesto. Te recomendamos que leas cuidadosamente las coberturas, las limitaciones y las exclusiones de cada tipo de seguro de salud para encontrar el que mejor se adapte a tus necesidades.
  • Tu edad: Primero que todo, mientras antes contrates un seguro de salud, mejor. ¿Por qué? Bueno, existe una relación directa entre la edad y problemas y complicaciones de salud. Mientras más joven contrates tu seguro de salud o de vida, puedes acceder a mejores coberturas y a primas más convenientes que si lo hicieras con una edad más avanzada. Es más, si dejas pasar muchos años podrías llevar contigo enfermedades que constituyen preexistencias que afectarán a la hora de contratar un seguro.
  • Preexistencias y antecedentes médicos: Muy relacionado al punto anterior, son las preexistencias de salud que tengas. Estás pueden ser cualquier discapacidad, enfermedad o patología que haya sido diagnosticada y conocida a la persona con atención a la suscripción de contrato de seguro.
    En este sentido, es sumamente importante que seas transparente sobre tu estado de salud, tus preexistencias y lo que te preguntemos cuando quieras contratar el seguro. Es más, si se evidencia “dolo del asegurado” o mientes respecto a la información facilitada, ya sea para la contratación del seguro y/o el desarrollo de este, Consorcio puede quedar exonerado de asumir el compromiso de cobertura del riesgo.
  • Letra pequeña: En Consorcio queremos ser lo más transparentes contigo, es por eso que te animamos a que revises y consultes con nuestros ejecutivos cualquier duda y letra pequeña que consideres necesaria consultar.

El deducible es la suma de dinero que siempre será de tu cargo en caso de que sufras algún accidente o enfermedad que afecte tu salud. En otras palabras: al contratar un seguro de salud con deducible, tu acuerdo con nosotros como aseguradora considera que, en caso de que tengas un evento que sea objeto de cobertura, tú pagarás una parte predeterminada de éste. Sólo cuando el monto del reembolso supere el deducible, el seguro reembolsa el saldo al asegurado.

La prima de un seguro de salud es el costo o precio mensual del seguro, es decir, son las cuotas que paga el asegurado para estar cubierto por la compañía de seguros. Consorcio, a cambio de esta prima se compromete a indemnizar a los beneficiarios del seguro en caso de que se produzca un evento que es objeto de cobertura, siempre y cuando este evento esté dentro de los límites pactados del contrato.

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Infórmese sobre la garantía estatal de los depósitos en su Banco o en www.cmfchile.cl.

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la Comisión para el Mercado Financiero de Chile en www.cmfchile.cl

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